Cambios a guías de llenado de CFDI, CRIP y CDFI de nómina
Anexo 20 Guía de llenado de CFDI
El Anexo 20 es el estándar técnico que específica la estructura, forma y sintaxis que deben de contener los CFDI, lo cual permite que la información se organice mediante etiquetas de manera estructurada en el comprobante.
Los cambios a la guía de llenado entran en vigor a partir del 1 de enero de 2020. No modifica el estándar técnico; únicamente se limita a brindar orientación fiscal sobre el llenado del CFDI:
- Se ajustó la redacción y se actualizó liga en el Apéndice 3 Clasificación de Productos y Servicios y Apéndice 4 Catálogos del comprobante.
- En el Apéndice 5 Emisión de CFDI de Egresos, se realizó el cambio de referencia del nodo CfdiRelacionados en los puntos I, II y III.
- Se eliminaron las ligas del Apéndice 8 Caso de Uso Facturación de Anticipos y Apéndice 9 Caso de Uso Facturación por contratos de obra pública.
- Se realizó precisión en el campo Descripción de la representación gráfica de las factura del Apéndice 10 Caso de Uso Emisión del CFDI por donativos otorgados en numerario o en especie y donativos globales en numerario o en especie.
- En la Guía de llenado del Comprobante Fiscal Digital a través de Internet que ampara retenciones e información de pagos, se precisa que en el CFDI no se deben registrar cantidades en negativo.
Guía de llenado del comprobante del recibo de pago de nómina y su complemento
- En la nota del Nodo: Receptor, campo RFC, se elimina la referencia a la regla 2.7.1.26.
- Se eliminó el último párrafo del campo TipoNomina que indicaba que en un solo complemento se podían agregar conceptos de nómina ordinaria y extraordinaria, ya que no podrán aplicarse en la nueva clave 13 del catálogo c_TipoRegimen.
- Se eliminó el cuarto párrafo del campo NumDiasPagados ya que de acuerdo a los cambios realizados en la guía de nómina se indica que no puede haber en un mismo complemento de nómina conceptos ordinarios y extraordinarios y dicho párrafo se contrapone.
- En el campo TipoContrato se actualizó el fundamento legal debido a la reforma de la Ley Federal del Trabajo.
- Se adicionó un último párrafo al campo TipoRegimen, para aclarar que se deben emitir dos CFDI cuando se pague una nómina ordinaria y a su vez el pago de separación del trabajador, o bien se puede emitir un CFDI con dos complementos de nómina para que en uno se especifique el sueldo ordinario y en el otro el pago de la separación del trabajador.
- Se precisa en el campo Año del Nodo CompensacionSaldosAFavor que para determinar al año en curso se deberá considerar el atributo “FechaPago”.
- Se actualizó la Nota 5 del Apéndice 1 Notas Generales para especificar que conceptos deben clasificarse con la clave “051” y se eliminó el fundamento legal referente a las exenciones establecidas en el artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
- Se actualizó la referencia para ingresar a la liga de los catálogos del comprobante del Apéndice 2 Catálogos del comprobante.
- Se eliminó la pregunta 19 del Apéndice 3 Preguntas y respuestas sobre el Complemento de nómina versión 1.2, ya que no se pueden registrar en un mismo complemento en el CFDI conceptos de percepciones para nómina ordinaria y extraordinaria, y por ende se modificó la numeración de las preguntas.
- Se modificó la representación del CFDI del Apéndice 5 Procedimiento para el registro de Subsidio para el empleo causado, cuando no se entregó en efectivo.
- Se modificó la descripción de la clave 047 en el Apéndice 6 Matriz de percepciones y deducciones para el pre llenado de la declaración anual de nómina.
- Se adiciona el Apéndice 7 Procedimiento para el registro del ajuste del Subsidio para el empleo causado cuando se realizan pagos por períodos menores a un mes.
- Se adiciona el Apéndice 8 Procedimiento para el registro de la diferencia del ISR a cargo (retención) derivado del cálculo del impuesto anual por sueldos y salarios en el CFDI de nómina.
Guía de llenado del comprobante fiscal digital a través de internet que ampara retenciones e información de pagos (CRIP)
- Se agregó un segundo párrafo en el Apartado II de la guía de llenado del CFDI que ampara retenciones e información de pagos, para precisar que en el CFDI no se deben registrar cantidades en negativo.
Fuente: https://www.elcontribuyente.mx/2019/10/cambios-a-guias-de-llenado-de-cfdi-crip-y-cdfi-de-nomina/